Mariela y Lourdes residen en Aranjuez y son pareja. Como muchas mujeres, quieren ser madres pero no pueden. Ante esta situación, la Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción humana asistida (TRA) les ampara para recibir estos procedimientos por parte de la sanidad pública "con independencia de su estado civil y orientación sexual". Al menos así era hasta la aprobación de la Orden Ministerial 2065/2014, una directiva "de menor rango" que, sin embargo, limita la financiación de las TRA a las personas que no consigan el embarazo "tras un mínimo de 12 meses de relaciones sexuales con coito vaginal sin empleo de métodos anticonceptivos".
Esta "perlita", como la define la abogada Paula Ibáñez Díez -que representa a Mariela y Lourdes- deja de facto fuera de la reproducción asistida pública a las mujeres solteras, con pareja mujer y "a las parejas heterosexuales que no practican coito". Infringe, señala la letrada, el sistema universal de protección de los derechos humanos, el derecho de la Unión Europea y, en cuanto a la normativa nacional, derechos recogidos en la constitución española, como el de la intimidad personal y familiar (al tener que decir la paciente su orientación sexual), el de la salud o el de la seguridad jurídica, ya que es una orden de bajo rango.
Por todas estas razones, Mariela y Lourdes, sólo dos de las muchas personas afectadas por esta polémica modificación, han decidido encomendarse a Ibáñez para hacer una reclamación por la vía administrativa, primero y contencioso-administrativa, después. Su objetivo: poder ser madres gracias a la reproducción asistida con financiación pública, algo que han estado más cerca de conseguir que otras parejas en la misma situación.
La odisea de esta pareja empezó mucho antes de que el Partido Popular decidiera cambiar la ley. De hecho, denuncian que ya sufrieron una discriminación cuando ésta aún se mantenía. "La interpretación era ambigua y dependía de la ideología del hospital", explica su letrada. "Cuando en 2013 decidimos que queríamos ser madres fuimos a nuestra médica de atención primaria que, a su vez, nos derivó al Hospital del Tajo, el nuestro. Como era nuevo y no tenía Unidad de Reproducción Asistida, íbamos a ir al que nos tocaba, el 12 de Octubre", recuerda Mariela (la que iba a ser madre biológica). Antes, se sometió a las pruebas habituales, pero cuando su expediente llegó al hospital madrileño fue rechazado. "Me dijeron que al tener pareja femenina no cumplía los requisitos", señala.
Tras esa primera decepción, la pareja no pensó en denunciar. De hecho, se tomaron unos meses de reflexión antes de volver a intentarlo. Esta vez, Mariela iría como mujer soltera y ocultarían la orientación sexual. Solicitaron también un cambio de hospital, a la Fundación Jiménez Díaz.
Esta vez, todo fue bien. Aunque Mariela hubo de volver a someterse a las mismas pruebas, al tratarse de un nuevo expediente, nadie le puso inconveniente para iniciar su tratamiento. Lo que contempla la ley: tres ciclos de inseminación artificial y tres de fecundación in vitro (FIV) si la primera técnica fracasa.
Eso fue justo lo que pasó y, para pasar a la FIV, Mariela hubo de ponerse a la cola. La lista de espera para esta técnica era de seis meses. Entre ambos pasos, una modificación de ley iba a cambiar sus planes, pero ellas no lo sabían. "Leímos que habían cambiado la ley, pero pensamos que estando ya en medio de un proceso no nos afectaría", comentan. Pero cuando en enero de este año fueron a la consulta de su especialista, esta les comunicó que el tratamiento se cancelaba.
En estos tres meses, Mariela y Lourdes se han decidido a denunciar, aunque tengan que pagar el proceso de su propio bolsillo. También habían pagado el semen necesario para los tres intentos de inseminación artificial que fracasaron, a alrededor de 400 euros por vez.
Les apoya el colectivo feminista autónomo Las tejedoras, de Madrid, que denuncia que la modificación de le ley no responde a la intención de ahorrar, sino al "recorte de libertades y derechos y a la imposición de un modelo de familia".
Además, la representante del colectivo, Julia Yagüe, especifica que la normal cambiada supone de facto una discriminación por situación económica, ya que las lesbianas o mujeres sin pareja que quieran usar TRA en la sanidad privada no van a tener ningún problema, siempre que tengan los entre 2.000 y 8.000 euros que pueden costar.
Por último, Yagüe apunta a que también existe una discriminación geográfica, ya que Cataluña y Extremadura optaron por no aplicar la orden, por lo que una mujer empadronada allí no se vería sometida a esta discriminación.
La abogada de la pareja comentó que existen más casos de denuncias como la de Mariela y Lourdes aunque no quiso especificar en qué punto se encontraban, como tampoco quiso comentar si se había planteado establecer alguna acción conjunta.
Vía: http://www.elmundo.es/salud/2015/04/16/552eb04d268e3ef5428b4571.html
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